
Dar de alta y baja a los coches
Baja temporal
Solicitud en impreso oficial. Se puede recoger en Tráfico o descargarlo de su página web.
Las tasas pueden variar anualmente, salvo sustracción del vehículo.
Documentación para particulares: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV.
La existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.
Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
Denuncia de la sustracción del vehículo, en su caso.
Baja definitiva del vehículo
Vehículos turismos y asimilados, furgones y furgonetas hasta 3,5 TM, y vehículos de 3 ruedas con cilindrada superior a 50 CC
Solicitud en impreso oficial. (Se puede recoger en Tráfico o descargarlo de su página web). Las tasas pueden variar anualmente, si el vehículo tiene menos de 15 años desde su matriculación en España.
Documentación para particulares: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
Documentación del vehículo: permiso de circulación y tarjeta de ITV o declaración de extravío o denuncia de sustracción de estos documentos.
La existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.
Certificado de destrucción del vehículo emitido por un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos (CATV), previa ENTREGA del vehículo en el Centro.
La solicitud y el resto de la documentación deberán presentarse en un Centro Autorizado de Tratamiento de Vehículos o en una instalación de recepción, EXCEPTO en los supuestos de personas jurídicas, menores, incapacitados, titulares fallecidos o cuando no coincide el titular registral con la persona que solicita la baja, casos en que se presentará en la Jefatura Provincial de Tráfico.
Baja definitiva por traslados del vehículo a otro país
Solicitud en impreso oficial. (Se puede recoger en Tráfico o descargarlo de su página web)
Las tasas pueden variar anualmente, excepto los vehículos de más de 15 años de antigüedad desde su matriculación en España.
Documentación para particulares: documento oficial que acredite la identidad y domicilio del titular (DNI, permiso de conducción español, tarjeta de residencia, pasaporte más Número de Identificación de Extranjeros).
Menores o incapacitados: datos y firma del padre, madre o tutor, su DNI y documento que acredite el concepto por el que actúen.
Documentación del vehículo: Tarjeta de ITV y permiso de circulación.
La existencia de un precinto es un impedimento para tramitar la baja, es preciso cancelarlo previamente.
Antes de solicitar la baja del vehículo deberá cancelar cualquier limitación de disposición que tuviera inscrita en el Registro de Bienes Muebles, salvo consentimiento expreso de la Financiera.
Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
En los casos de baja por traslado a un país que no pertenece a la Unión Europea, se aportará documento que acredite que se está preparando la exportación legal del vehículo.
Alta de un vehículo
Alta del vehículo en situación de baja temporal
Solicitud, tasa e identificación del interesado, como en Baja Temporal.
Tarjeta de ITV con el reconocimiento en vigor.
Acta de recuperación del vehículo, en el caso de que se tratara de una baja por sustracción.
En este caso no se abonará tasa por el alta.
Los vehículos agrícolas deberán aportar documento acreditativo del alta en el Registro.
Oficial de Maquinaria Agrícola de la Comunidad Autónoma.
Certificado de transportes de que, o bien se cuenta con el título habilitante para realizar
Actividad de transporte, o bien se cumplen todas las condiciones para obtener el citado título: si se trata de un autobús o un vehículo de transporte de mercancías con una MMA.
Superior a 6 toneladas y una carga que exceda de 3,5 toneladas

Lunes, 12 de Julio de 2010 a las 8:05 am
Muy buena la información, la verdad es que hace falta información como esta en la red, ya que muchas veces encontramos poca y es algo totalmente necesario para todo propietario de cualquier tipo de vehículo.